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COMUNICADO DE PRENSA 053 Guatemala, mayo 15 de 2018.
COMUNICADO DE PRENSA 052 Guatemala, mayo 15 de 2018.
COMUNICADO DE PRENSA 050 Guatemala, mayo 04 de 2018.
COMUNICADO DE PRENSA 049 Guatemala, may 03 de 2018.
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El Secretario General de la ONU, Antonio Guterres, reafirmó su respaldo a la labor del Comisionado Iván Velásquez al frente de la CICIG para continuar la lucha contra la impunidad en Guatemala.

 

COMUNICADO DE PRENSA 046

SALA SEPARA DEL CASO MANIPULACIÓN DE JUSTICIA A JUEZA CLAUDETTE DOMÍNGUEZ

Guatemala, 24 abril 2018. Por unanimidad, la Sala Segunda de Apelaciones de Mayor Riesgo separó hoy del caso "manipulación de justicia" a la jueza del Juzgado Primero de Mayor Riesgo A, Claudette Domínguez Guerrero, luego de declarar con lugar la recusación planteada en su contra por el Ministerio Público (MP) y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) por dudar de su imparcialidad y objetividad en la tramitación de dicho caso.

En su resolución los magistrados de dicha Sala argumentaron que hay suficientes indicios de su parcialidad para que la jueza Domínguez no continúe conociendo este proceso. Por ello resolvieron que el caso sea tramitado por el juez del Juzgado de Mayor Riesgo B, Miguel Ángel Gálvez.

"En aras de lograr la pureza judicial en este asunto resulta menester declarar con lugar la recusación presentada y trasladar el presente expediente a otro juzgador. Quedó demostrado que por dichas circunstancias la señora jueza en la resolución que rechaza la recusación hace señalamientos a los sujetos procesales, situación que pone en riesgo la tramitación adecuada del presente proceso, tomando en consideración los juicios de valor que la recusada hace sobre las peticiones de los sujetos procesales, situación que evidencia una posible animadversión hacia ellos, comprometiendo seriamente su imparcialidad (...)", señala el fallo.

Agrega que por lo anterior también existe una incertidumbre jurídica de los sindicados vinculados en este caso, ya que deben ser escuchados y resolver su situación jurídica para cumplir con los preceptos constitucionales y con el Pacto de Derechos Humanos.

El fallo de la Sala señala que la recusación no debe ser vista como el enjuiciamiento a la actitud moral de los jueces, más bien como una herramienta que brinda confianza a los sujetos procesales para que los casos se resuelvan con imparcialidad y objetividad.

Antecedentes
En su resolución del 21 de febrero de 2018, la jueza Domínguez se extralimitó en sus funciones al revocar la orden de aprehensión contra Erick Melgar Padilla, argumentando que goza de derecho de antejuicio por el cargo de juez presidente de un tribunal militar, que aparentemente tiene en el Ejército de Guatemala. Ello a pesar que el 20 de febrero de 2018, la Sala Primera de Apelaciones de casos de Mayor Riesgo resolvió no amparar provisionalmente a Melgar Padilla, quien había solicitado dejar sin efecto su orden de aprehensión.

La jueza fundamentó su resolución en el oficio de fecha 16 de febrero de 2018 elaborado por el Tribunal Militar de la Primera Brigada de la Guardia de Honor, en el cual se establece que el sindicado tiene calidad de juez. La juzgadora no examinó el Código Militar ni el Código de Procedimientos Penales Militares, los cuales señalan que no se legisla acerca de la categoría de jueces y magistrados y menos aún se determina que las personas que integran dichos tribunales tengan algún tipo de inmunidad. También la juzgadora no solicitó información a la Corte Suprema de Justicia sobre la juramentación de Melgar Padilla de su presunta calidad de presidente de un tribunal militar.

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