Velásquez: la prisión preventiva merece un riguroso examen (Entrevista La Hora Parte II)

Velásquez: la prisión preventiva merece un riguroso examen (Entrevista La Hora Parte II)

 NOTICIA 022 | Foto: La Hora.


Un examen riguroso que no se guíe por intereses personales, para mejorar la regulación del tema de la prisión preventiva en Guatemala en respuesta a las verdaderas necesidades del país, es una de las apreciaciones que hace el titular de la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), Iván Velásquez, en la segunda parte de una extensa entrevista que sostuvo recientemente con La Hora.

En esta segunda parte, Velásquez aborda también la temática de la dilación de la justicia, los mecanismos que utiliza la Comisión para rendir cuentas, así como las conferencias de prensa; su mensaje a la nueva Fiscal General, María Consuelo Porras y la moral de los integrantes de la Comisión y el propio Velásquez ante la coyuntura del país.


POR REDACCIÓN LA HORA

Y regresando un poquito, hablábamos del tema de la prisión preventiva, usted mencionaba cómo en algunas ocasiones en el mismo Ministerio Público se ha solicitado una medida sustitutiva por la actitud de los sindicados, hay gente que dice: se está abusando de la prisión preventiva, y en Guatemala sí hay muchas personas que están en prisión preventiva durante mucho tiempo y no son casos que lleva la Comisión en conjunto con MP. Hay también gente que en algún momento no colabora y además de no colaborar busca mecanismos para obstruir la averiguación de la verdad.

Lo que usted menciona sobre la obstrucción de la justicia es frecuente. Se puede tratar de destruir u ocultar prueba documental, incidir en testigos, o alterar un escenario acomodando unos hechos y unas versiones para que resulten sin compromiso ciertas personas. Eso es más o menos frecuente en los casos que tenemos.

¿Y qué responde usted a la gente que dice que se está abusando de la prisión preventiva?

Yo creo que la prisión preventiva requiere una amplia regulación en el país. Un examen riguroso, serio, que no se guíe por intereses personales sino que, desde lo estrictamente jurídico, consulte las verdaderas necesidades nacionales.

¿Por ejemplo?

Estamos contribuyendo en eso. Así como en el pasado hicimos importantes aportes al proyecto de ley de aceptación de cargos, en el presente, aprovechando esa preocupación colectiva sobre la prisión colectiva, estamos con un proyecto de reforma integral que comprende tanto la figura de la detención preventiva y la libertad” -en la etapa del proceso-, como de la prisión y la libertad a partir de la sentencia y en la etapa de su ejecución. Creemos que con una revisión amplia, integral, de la privación de libertad y de la propia libertad en las diversas etapas, se puede adoptar un cuerpo normativo que respete como es debido los derechos de las personas.

Dicho esto, puedo informar que desde hace unos meses el Ministerio Público, la Procuraduría de Derechos Humanos, la OACNUDH y la CICIG vienen elaborando conjuntamente un pre-proyecto que después, cuando logremos consenso, -y estamos muy cerca de conseguirlo- se presentará a una red de justicia un poco más amplia, y luego a la mesa de Seguridad y Justicia, en la que participan organizaciones de la sociedad civil que se han preocupado tradicionalmente en el país por las reformas legales. Esperamos que cuando se llegue a un consenso mucho más amplio, los diputados presentarán la iniciativa.

En el mismo sentido de la detención preventiva, nosotros también cuestionamos que la permanencia prácticamente indefinida de una persona privada de libertad por una medida cautelar afecta sus derechos fundamentales y es necesario que esa situación termine. Por eso hemos abordado el tema de la reforma que he mencionado. Porque el fin de esa situación no podría lograrse de la manera que planteaba un proyecto que se presentó hace uno o dos años y que pretendía aplicarse de manera inmediata, generando un verdadero caos porque casi todos los que para entonces estaban detenidos preventivamente recuperaban de inmediato su libertad.

Por más loable que sea, creo que un proyecto de esa naturaleza desconoce la realidad y la razón de ser de la libertad por vencimiento de términos, que no es más que una sanción a la falta de actividad del Estado por su negligencia, por su desinterés o por la gran congestión del organismo judicial. Si las reglas varían y de lo que se trata ahora es que el término de detención preventiva sea improrrogable o que sólo se pueda extender una vez, una adecuada política criminal tendría que considerar darle al Estado una oportunidad para que examine los casos de esas personas detenidas preventivamente, pero a la luz de las nuevas reglas de juego. Si el proyecto que mencionaba de años pasados hubiera tenido, por ejemplo, vigencia un año después de la fecha de publicación de esa ley, creo que ese efecto grave que habría producido se solucionaba.

Adicionalmente, lo que estamos planteando en el proyecto que venimos discutiendo es que exista detención preventiva intramural y extramural. La persona que está sometida a una detención domiciliaria, en su lugar de residencia, también está detenida, está privada de su libertad, solo que no en una cárcel, sino en su casa.

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¿No podría salir, digamos?

No podría salir de la casa. Creo que ese ha sido uno de los factores que han incidido negativamente frente al tema de la detención preventiva en la actualidad, porque algunos jueces entienden el domicilio en su comprensión civilista y entonces el domicilio puede ser el país, o el departamento o la ciudad, de manera que la medida sustitutiva se asocia comúnmente con libertad. En nuestra opinión, cuando se trata de restricciones de esta naturaleza, que son restricciones a la libertad, el procesado debería estar reducido a su vivienda.

Entonces se podría pensar en un sistema donde sea posible que exista una detención preventiva intramural, carcelaria, y una detención preventiva extramural, domiciliaria, o inclusive que no se aplique ninguna de las dos especies de detención preventiva, sino que el proceso se tramite con el procesado en libertad desde el principio. También, que la pena impuesta en sentencia condenatoria pueda ser pagada en centro penitenciario, en su residencia o incluso en libertad bajo condiciones.

¿Y ese sistema que se está discutiendo funciona en algún otro país?

Sí, existe en otros países. No es una regulación novedosa en el derecho comparado. Particularmente en mi país, Colombia, existe un sistema de esa naturaleza. El ordenamiento guatemalteco, cuando se vence un término de privación de libertad, permite prorrogarlo cuantas veces sea necesario, superando en ocasiones lo que debería ser el tiempo máximo de la pena. Es inadmisible que alguien pague en detención preventiva, que es una medida cautelar, el tiempo previsto para la pena, que es una condena. Consideramos que esto afecta los derechos del ciudadano.

Hay otro problema, vinculado con el anterior, y es la manera cómo se ha legislado en Guatemala -y no sólo aquí- respecto de la fijación de penas. Un sistema considerado por muchos expertos como desproporcionado y asimétrico, que establece penas graves para delitos que deberían tener penas más leves y penas leves para delitos que deberían tener penas más graves, o que responde muchas veces a ese afán comprensible, pero inaceptable que la doctrina universal ha denominado el “populismo punitivo”, es decir, el desbordado incremento de penas para tranquilizar a la ciudadanía, generarle la sensación de la “lucha inflexible contra la criminalidad”, crear cierta confianza ciudadana en que la justicia sí está funcionando aunque esas máximas penas ni siquiera haya a quien imponérselas porque la impunidad sigue siendo una constante. Yo considero que una necesidad urgente del país, en el sentido que venimos hablando, es asumir de inmediato la revisión de todo el sistema penológico e incorporar todos los delitos a un solo cuerpo normativo, es decir, un código penal único, sistemático y coherente, y no la proliferación de normas penales diseminadas que actualmente existe.

Y estamos hablando del problema de la prisión preventiva porque no se cumplen los plazos. ¿Qué efecto tiene en la búsqueda de la justicia esa dilación? Desde el sindicado, el investigador, el juez y la sociedad.

Naturalmente hay un efecto negativo para el sindicado: estar sometido a prisión preventiva casi que indefinidamente o estar sometido a una pena anticipada sin que haya sido declarada su responsabilidad. La prisión preventiva lo que pretende es, ya sea por la naturaleza del delito o por la posibilidad de afectar la investigación o por fuga, restringir la libertad hasta que el juez fije la responsabilidad. Entonces, desde el punto de vista del preso y su familia, indudablemente tiene efecto devastado restar indefinidamente sometido a prisión en un caso que no se sabe cuándo va a concluir.

¿Entonces cómo entender un caso como La Línea, en donde vemos que hay muchos recursos planteados por la defensa, se recusa una y otra vez al juez y no se ha podido seguir avanzando en el proceso y en esa consecución de la verdad que es el fin último de la justicia?

Toda libertad de un procesado por vencimiento del término de detención preventiva es una sanción al Estado por su inactividad, ya sea porque transcurra el tiempo sin formular acusación o porque no se haya dictado sentencia. El ciudadano no tiene por qué pagar la ineficacia del Estado. Pero cuando el ciudadano, a través de maniobras dilatorias, lo que pretende es extender abusivamente un proceso para beneficiarse del vencimiento de un plazo de detención, esa maniobra maliciosa no puede ser tenida en cuenta para efectos de computar el tiempo de detención preventiva.

Digamos de esta manera: Si está previsto que una persona esté sometida a detención preventiva por un año, esto no significa que al cumplirse el año de prisión preventiva indefectiblemente tenga que recuperar la libertad y es algo que estamos incluyendo en este proyecto, si el procesado dio lugar con su actitud dilatoria a que ese término de detención preventiva se cumpliera, tiene que excluirse toda la cantidad de tiempo que el Estado no ha podido actuar, no por su ineficacia, sino por la dilación ocasionada por el procesado o su defensor.

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Si, por ejemplo, al cumplirse un año de detención preventiva el abogado solicita la libertad por vencimiento de términos, el juez entonces debe hacer una revisión de qué ocurrió durante esos doce meses y podría decir: “Durante estos tres meses es evidente que el acusado, mediante recusaciones o interposición de recursos manifiestamente improcedentes, afectó el desarrollo normal del proceso; por lo tanto, estos tres meses los excluyo del cómputo y, aunque efectivamente ha cumplido doce meses privado de libertad, para efectos de vencimiento del término lleva solo nueve meses”.

Yo creo que eso también desanimaría las maniobras dilatorias que algunos procesados o algunos defensores por otras circunstancias pretenden introducir, como lo que escuché en el año 2015 de parte de un defensor, quien le dijo a su cliente, preso en Mariscal Zavala: “Podemos tener una pronta sentencia a diez años o podemos dilatar el caso tres años y probablemente lograr una absolución. ¿Usted qué prefiere? Yo prefiero que se dilaten los tres años.” Esto, porque procesado y defensor creían que la CICIG no iba a estar después de 2017, pero en el 2016 se prorrogó, así que ahora ya la expectativa es para 2019.

¿Qué informes le rinde la Comisión a Naciones Unidas o a los países donantes o cómo explica que ha hecho con el mandato y con los financiamientos que ha recibido de quienes aportan?

Digamos que hay varios niveles: uno nacional, que consiste en el informe anual de labores, que se presenta generalmente en el último trimestre de cada año, en el que se hace el recuento de todas las actividades cumplidas.

Otro con los países donantes y otros miembros de la Comunidad Internacional. A los países cooperantes con representación en Guatemala se les presenta el plan de trabajo y se les informa de avances periódicamente. Uno más tiene que ver con los países que colaboran con la Comisión y es el informe que cada año se hace en Naciones Unidas. Hay una amplia reunión, inclusive con países no cooperantes que desean asistir, en donde se presenta un informe y se responden inquietudes de embajadores ante Naciones Unidas que inclusive -como ha sido muy frecuente- expresan manifestaciones de respaldo a nuestra actividad.

Y hay otro nivel de información periódica al Departamento de Asuntos Políticos de Naciones Unidas, nuestro interlocutor más permanente en el Secretariado.

¿No actúa libre la Comisión?

No, nosotros siempre estamos sometidos a nuestro mandato, el acuerdo de constitución -cuyo cumplimiento supervisan los signatarios- y rendimos cuentas a nuestros donantes. Aunque hay un margen más amplio de lo que podría plantearse respecto de la MACCIH, dadas las particularidades de su relación con la OEA, que es distinta a la que existe entre CICIG y ONU. Nosotros no recibimos directamente los aportes que los países donantes nos hacen, todo está en un fondo que administra el PNUD, y por lo tanto nos regimos por normas, tanto para el personal como para la administración de bienes, similares a las de Naciones Unidas.

Estamos sometidos a una auditoría anual muy rigurosa, cuyos resultados son presentados por el PNUD a los países donantes, porque el contrato para el convenio de donación se suscribe siempre entre el embajador del país donante y el director del PNUD, con la presencia nuestra solo como testigos. Luego tenemos una rendición de cuentas permanente que nosotros debemos hacer de manera constante con el PNUD y con los donantes, respondiendo a las inquietudes que pueden expresar respecto de nuestras actividades. Por ejemplo, una inquietud persistente que nos manifestó uno de nuestros donantes fue la adopción de políticas de género. Hay reuniones permanentes de nuestros equipos con los equipos técnicos de las embajadas. En definitiva, no es que nosotros hagamos lo que queramos, hay además una limitación que se señala por los propios recursos de que la Comisión pueda disponer.

¿Por qué se eligió las conferencias de prensa como el mejor mecanismo para informar a la población?

Esta es una práctica que se venía dando en el Ministerio Público por lo menos desde la administración de la Fiscal Claudia Paz y Paz. Cuando yo llegué a la Comisión ya era una práctica instalada en el Ministerio Público y entre el Ministerio Público y la CICIG.

Es decir, las conferencias de prensa no son una invención de la administración de Thelma Aldana y esta última época de la CICIG.

¿Por qué cree que las conferencias de prensa donde se abordó etapas del Caso La Línea, donde se sindicaba, por ejemplo, a Roxana Baldetti o al mismo Otto Pérez Molina, generaron una atención poco usual en algunos y muchos sectores algarabía, y ahora son vistas como un arma que atenta contra la presunción de inocencia?

Yo creo que son vistas con recelo por algunas personas o algunos sectores, pero también son esperadas, incluso requeridas, por otros sectores muy amplios de la población.

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He dicho que la investigación no es un fin en sí mismo y que la justicia no transforma la realidad, pero puede contribuir al cambio, por ejemplo, en la formación de una cultura de la legalidad. Cuando se ve la justicia en acción, cuando se ve en actividad al Ministerio Público informando de sus procedimientos, creo que eso contribuye bastante en la formación de esa cultura ciudadana, de la cultura de legalidad, la cultura de las consecuencias. Vemos una ciudadanía que está más interesada en los asuntos públicos y que inclusive resulta ser mucho más crítica o que está pidiendo rendición cuentas. Yo creo que eso es importante en términos de transparencia. ¿No estamos pues en la época de los gobiernos abiertos y de la transparencia?

El Ministerio Público ha hecho centenares de conferencias de prensa, nosotros hemos hecho decenas. ¿Cuáles son las conferencias de prensa que se censuran, todas las del Ministerio Público, o aquellas en donde participa la CICIG? Pareciera haber una intencionalidad.

Es lo mismo con el tema en la presunción de inocencia, que parece levantar preocupación sólo en ciertas ocasiones. Por ejemplo, se podría argumentar que hay una afectación fuerte de la presunción de inocencia e inclusive de la dignidad cuando los presos son expuestos ante las cámaras, a veces semidesnudos, para mostrar la acción de la policía. En mi opinión se debe informar de la realización del operativo, pero no es necesario exponer a los detenidos. Este tema, sin embargo, no ha sido objeto de crítica porque viole la presunción de inocencia. También cuando los detenidos son expuestos en lo que se ha llamado “el pasillo de la infamia”, al llegar a Torre de Tribunales. Esto tampoco ha levantado críticas.

¿Qué mensaje le puede enviar a la nueva Fiscal General?

Mandarle mensaje no sería adecuado. Yo confío en ella porque conozco su trayectoria y por las conversaciones que antes de su nombramiento como Fiscal hemos sostenido, además de amigos de ella que en el pasado la mencionaban. A lo que yo aspiro es a que su compromiso, tal como lo dijo en una declaración pública después de ser designada como Fiscal General, sea con la legalidad y la justicia. Yo creo que ese es todo el fundamento de un Fiscal General, porque cuando uno tiene el compromiso con la legalidad y la justicia tiene el compromiso con la independencia. Uno no puede ser justo parcializado, uno no podría ser justo favoreciendo intereses particulares que no tienen por qué ser favorecidos, uno no puede ser justo propiciando impunidad y sobre todo uno no puede ser justo ocultado la verdad.

Cuando se reafirma un compromiso con la legalidad y con la justicia yo entiendo que es un compromiso con la verdad. Esa es la base también para la construcción de todo, finalmente lo que nosotros hacemos desde la investigación criminal es también una lucha por la verdad y lo que se hace en un proceso judicial es un compromiso por la verdad. Yo creo que ese compromiso de la Fiscal Consuelo Porras va a impulsar todavía más al Ministerio Público, que desde las dos o tres administraciones anteriores ha venido realmente en ascenso. Ella puede alcanzar algo mucho más en su compromiso también con el estado de derecho.

¿Cómo está la moral de Iván Velásquez y los miembros de la Comisión al día de hoy?

Muy bien, hay un compromiso real, una dedicación extraordinaria que veo a diario. Hay compañeros que vienen a las seis de la mañana a empezar a trabajar, que se van tarde en la noche, que vienen los fines de semana. Lo que significó, por ejemplo, en aquel tiempo de La Línea, tener aquí el salón de reuniones de la Comisión convertido en un centro de escaneo y análisis, para poder procesar una enorme cantidad de documentos físicos y digitales; había 20 o 25 compañeros de manera permanente desde las primeras horas y a veces hasta la medianoche, esa es una demostración de mística. Cada uno puede decir simplemente yo estoy contratado para trabajar de ocho a cuatro y esa es mi jornada, pero aquí la mística es otra.

Las acciones que algunos sectores pretenden dirigir contra la Comisión, creo que no han minado la moral de los compañeros guatemaltecos y extranjeros de CICIG. Por el contrario, creo que nos ha unido más, nos ha fortalecido, sabemos que trabajamos apoyando al Ministerio Público en una causa noble, en una causa justa que es la lucha contra la impunidad y la lucha contra la corrupción. De manera que estamos bien.

Para conocer los temas que abordó el comisionado, Iván Velásquez, en la primera parte de la entrevista con “La Hora”, no deje de leer la publicación: “Reconocer la responsabilidad en un hecho es importante para el proceso de construcción del país”.

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