CC: JUEZA DEBERÁ EMITIR NUEVA RESOLUCIÓN EN CASO PAVÓN-INFIERNITO

CC: JUEZA DEBERÁ EMITIR NUEVA RESOLUCIÓN EN CASO PAVÓN-INFIERNITO

COMUNICADO DE PRENSA 051


La Corte de Constitucionalidad, en resolución del 5 de julio de 2012, y referente al caso Pavón-Infiernito, estableció que la Jueza Primera de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, Carol Patricia Flores, omitió precisar los aspectos de los que se valió para ordenar la apertura a juicio contra el sindicado Aldo Stefano Figueroa Díaz por lo que le ordenó emitir una nueva resolución con la debida fundamentación según lo que a derecho corresponda.

Para el caso de Axel Arnoldo Martínez Arreaza la Corte de Constitucionalidad estableció que la jueza no llevó a cabo análisis alguno ni dio respuesta al planteamiento de la defensa técnica respecto a que el sindicado no fue escuchado por ese hecho en particular, ni fue ligado a proceso, por ello le ordenó emitir lo que a derecho corresponde, lo cual es darle respuesta a los argumentos expuestos por la defensa técnica.

La CICIG teniendo como fin transitar en un proceso judicial respetuoso de las garantías y derechos fundamentales de todas las partes procesales, respetamos el presente fallo proferido por la Honorable Corte de Constitucionalidad, no tan solo por el acatamiento que se debe al pronunciamiento de los jueces en un Estado de Derecho, sino porque como guardián supremo de la Carta, a través de ellos debe garantizar el respeto a los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política. 

ANTECEDENTES
Los señores Aldo Stefano Figueroa Díaz y Axel Arnoldo Martínez Arreaza, sindicados en los procesos penales de Pavón-Infiernito presentaron acciones constitucionales de amparo contra la resolución del día 10 de mayo de 2011 emitida por la Jueza Primera de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala en la que se admitió la acusación formulada por el Ministerio Público y abrió a juicio el proceso penal incoado contra los accionantes. En sus acciones los sindicados alegaron violación a una tutela judicial efectiva, violación al derecho de defensa y a la obligación de los jueces de emitir resoluciones debidamente motivadas.

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