CASO FRAIJANES II EN ETAPA FINAL

CASO FRAIJANES II EN ETAPA FINAL

COMUNICADO DE PRENSA 019


En el Tribunal Octavo de Sentencia Penal, la CICIG y el Ministerio Público presentaron las conclusiones del caso Fraijanes II y solicitaron otorgar una pena de 4 años de prisión conmutables para el ex Ministro de Gobernación, Raúl Antonio Velázquez Ramos, por los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de deberes, más la pena accesoria de prohibición de ejercer cargo público. Velásquez Ramos omitió realizar acciones tendientes a velar por el cumplimiento de la ley, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos.

De igual forma, por el delito de incumplimiento de deberes, se solicitó la pena de 2 años de prisión conmutables, más la prohibición de ejercer cargo público a los empleados de la Contraloría General de Cuentas: Francisco Javier Alvarado Cuadra, Luis Antonio Alvarez Pereira, Francisco Javier Villatoro Villanueva y Carlos Enrique López Gutiérrez. Las pruebas diligenciadas ante el Tribunal llevaron a concluir que estos últimos omitieron denunciar los hallazgos detectados por ellos en informes de auditoría gubernamental realizados al proyecto denominado “Centro de Rehabilitación para Hombres Fraijanes II” ejecutado por la Fundación para el Desarrollo y la Tecnología, Fundtech.

El caso Fraijanes II se originó por la firma de un convenio entre el ex Ministro de Gobernación, Salvador Gándara y Fundtech, que a su vez contrató a la empresa Serdiconstru para ejecutar el proyecto de remodelación de la prisión Fraijanes con el fin de beneficiar las empresas involucradas del grupo Lainfiesta.

Las investigaciones revelaron anomalías en los procesos de contratación y en la ejecución del proyecto, así como en actuaciones tanto de Fundtech, como de algunos funcionarios del ministerio de Gobernación de ese entonces (2009).

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El ex Ministro de Gobernación Raúl Velásquez ordenó de forma arbitraria el traslado de reclusos hacia la cárcel Fraijanes II; omitió sus obligaciones de verificar que se estuviese cumpliendo el CONVENIO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA MINGOB-DGSP-03-2009 y pese a ello suscribió el ADENDUM 02-2009 con la finalidad de prorrogar el plazo y la optimización competitiva del recurso asignado, modificando el objeto del convenio.

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