Caso: Subordinación del poder legislativo al ejecutivo, una expresión de la captura del Estado

Caso: Subordinación del poder legislativo al ejecutivo, una expresión de la captura del Estado

 COMUNICADO 021 | Foto: DepositPhotos.com/zestmarina


La Fiscalía Especial contra la Impunidad del Ministerio Público y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), están presentando hoy solicitudes de antejuicio en contra del ministro de Economía Acisclo Valladares Urruela, y siete diputados del Congreso de la República de Guatemala, por la posible comisión de hechos ilícitos que acontecieron entre los años 2012 y 2015.

Investigación

La investigación inició por una información recibida sobre la posible compra de votos en el Legislativo para la aprobación de determinadas leyes. Al indagar sobre algunos indicios obtenidos, se estableció que dentro del Estado de Guatemala operaba una estructura de funcionarios que alteraban el orden democrático y el sistema republicano, al supeditar las funciones legislativas a directivas del Poder Ejecutivo a cambio de una promesa de pago o una dádiva. 

De esta manera los diputados de la bancada Patriota recibían y cumplían con las instrucciones emitidas por la entonces vicepresidenta, Ingrid Roxana Baldetti Elías, en reuniones sostenidas horas antes de las sesiones plenarias acerca de las decisiones que debían ejercer como legisladores, respondiendo así a intereses individuales, partidistas y hasta empresariales.

En labores conjuntas de la FECI y la CICIG se adelantaron diligencias que permitieron recabar y analizar información de diversas instituciones, incluidas el Congreso de la República de Guatemala, la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT), la Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad (SAAS), el Registro Mercantil, así como otras entidades privadas que permitieron llegar a las conclusiones de la investigación.

De los hallazgos de la investigación se derivó que la promesa de dádiva correspondía a pagos bimensuales de Q50 mil por diputado, dinero que era entregado en efectivo y en maletas remitidas a personal de confianza de la entonces vicepresidenta Baldetti, de manos de los altos directivos de la empresa de telecomunicaciones, TIGO, Acisclo Valladares Urruela y Luis Fernando Valladares Guillén, en la oficina principal de dicha entidad.

Desde la Vicepresidencia, el dinero era repartido través de algunos diputados de confianza que eran denominados entre ellos como “jefes de línea” o “brochas”. Éstos, además de estar encargados de la repartición del dinero al resto de diputados, (pagos referidos por los mismos como “las champurradas”), también se encargaban de trasladar las instrucciones que emanaban de la señora Ingrid Roxana Baldetti Elías. Esta forma de operar se dio desde que inició la legislatura 2012-2016, lo cual permitió aprobar determinados paquetes de leyes.

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Debido a este modus operandi de la estructura criminal, en cuanto al manejo en efectivo del dinero prometido como dádiva, se cuenta con una serie de declaraciones testimoniales (incluyendo la de un exdiputado del Partido Patriota y “jefe de línea”) que ponen de manifiesto la ruta y repartición del dinero, las cuales fueron corroboradas mediante actos de análisis y de verificación policial.

Asimismo, la subordinación del Poder Legislativo a la Vicepresidencia se evidenció a través de numerosas comunicaciones obtenidas a raíz de extracciones de dispositivos celulares o correos electrónicos, que coinciden a su vez por testimonios de personas que declararon ante juez en anticipo de prueba.

Producto de estos pactos, y de esa supeditación del Poder Legislativo a las órdenes del Poder Ejecutivo, se tomaron diversas decisiones en el Congreso y se sancionaron leyes, entre ellas el 8 de abril de 2014 se aprobó el Decreto 12-2014 “Ley de Control de Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para Transmisión de Datos”. Dicha ley fue producto de negociaciones entre los empresarios y la Vicepresidenta, siendo su versión final impuesta para su aprobación sin cambios por parte de los diputados, resultando la entidad comercial TIGO la más beneficiada por la entrada en vigor de esa normativa.

Conclusiones

a) La vulneración del principio republicano de separación de poderes:

  • Uno de los principios republicanos fundamentales es la separación de poderes. La Constitución de la República de Guatemala prohíbe la subordinación entre ellos.
  • La investigación determinó que, las acciones realizadas por la exvicepresidenta Roxana Baldetti, y algunos de  los  diputados del Congreso de la República de la legislatura 2012-2016, supeditaron la potestad legislativa a los intereses de la Vicepresidencia  y otros actores privados,  a cambio de una promesa de dádiva/ soborno, pervirtiendo así la independencia de poderes y el fin de las instituciones.
  • Los diputados que impulsaron determinadas leyes y votos en el Congreso, a cambio de recibir una dádiva, incumplieron con su mandato constitucional de ser representantes del pueblo y dignatarios de la Nación.
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b) La vulneración del principio de igualdad ante la Ley:

  • La entidad comercial TIGO, por medio del Decreto 12-2014, obtuvo beneficios para sus intereses comerciales.
  • Para ello se valió de mecanismos espurios como el pago de dádiva/soborno a varios diputados del Congreso de Guatemala, por medio de la entonces Vicepresidenta Roxana Baldetti.
  • Así, la entidad TIGO se colocó en ventaja competitiva, obtenida de forma desigual respecto a los competidores de su misma línea de negocios.

c) La captura del Estado

  • Los pactos, viabilizados por el soborno, supeditaron el Poder Legislativo a las órdenes del Poder Ejecutivo, con esa perversión de origen se tomaron diversas decisiones en el Congreso y se sancionaron leyes. Estas acciones incluyeron el nombramiento de funcionarios de primer nivel en instituciones claves para el país como la Contraloría de Cuentas o las Cortes del país.
  • La actuación de agentes privados en contubernio con funcionarios públicos (diputados y exvicepresidenta) convirtieron al Organismo Legislativo en un tramitador de intereses corruptos. Al punto que los legisladores ni siquiera leían las iniciativas de Ley que proponían, pero que su tramite les significaría un beneficio (soborno).

Diligencias

Se están presentando solicitudes de antejuicio en contra de las siguientes personas:

  • Acisclo Valladares Urruela (Ministro de Economía): asociación ilícita, cohecho activo.
  • Estuardo Ernesto Galdámez Juárez (diputado y candidato presidencial): Asociación Ilícita, violación a la Constitución, cohecho pasivo, lavado de dinero u otros activos.
  • Juan José Porras Castillo (diputado): Asociación ilícita, violación a la Constitución, cohecho pasivo, lavado de dinero u otros activos.
  • Mirna Magnolia Figueroa Resen de Coro (diputada): asociación ilícita, violación a la Constitución, cohecho pasivo, lavado de dinero u otros activos.
  • Marco Antonio Orozco Arriola (diputado): Asociación ilícita, violación a la Constitución, cohecho pasivo, lavado de dinero u otros activos.
  • Boris Roberto España Cáceres (diputado): Asociación ilícita, violación a la Constitución, cohecho pasivo, lavado de dinero u otros activos.
  • Haroldo Eric Quej Chen (diputado): Asociación ilícita, violación a la Constitución, cohecho pasivo.
  • Gustavo Adolfo Medrano Osorio (diputado): Asociación ilícita, violación a la Constitución, cohecho pasivo.
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No obstante, hoy se están presentando únicamente los antejuicios en contra de los funcionarios que participaron en las posibles actividades ilícitas, y no se procedió a solicitar citación y/o captura de los exfuncionarios involucrados en los mismos señalamientos que ya no gozan de inmunidad. Ello, debido a que aún se encuentra en impugnación la decisión de la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente que resolvió con lugar la recusación promovida por los representantes de la empresa TIGO en contra de la juez del Juzgado Noveno de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente.  

Es importante resaltar que la Sala de Apelaciones resolvió que no se probó la causal de recusación; sin embargo por “sanidad procesal”, ordenó remitir las actuaciones al Juzgado Décimo de Primera Instancia Penal a cargo del Juez Víctor Manuel Cruz Rivera.

Los representantes de la empresa de telecomunicaciones han realizado numerosas peticiones como si fuesen sujetos procesales. No obstante mediante acción constitucional de amparo promovida contra las diligencias de allanamiento realizadas en noviembre de 2017 a las oficinas de la entidad, el Tribunal constitucional únicamente  les reconoció su calidad de interesados. Es decir, que sin tener la calidad de sujeto procesal, han promovido una serie de impugnaciones, así como tres denuncias penales contra fiscales del caso, incluso, han requerido la separación del personal de la FECI del proceso.


PRESENTACIÓN DEL CASO:

PPT_CapturaDelEstado

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