COMUNICADO 002
La Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) presentó hoy un recurso de apelación para dejar sin efecto la decisión de la jueza Quinta de Instancia Penal, Judith Secaida, quien el pasado 8 de enero resolvió otorgar arresto domiciliario a los sindicados Gustavo Martínez Luna, Filadelfo Reyes Cáceres y César Medina Farfán, vinculados al caso de tráfico de influencias denominado “redes”.
A continuación se detallan los principales argumentos planteados por la CICIG en la acción legal:
- Se vulneró las garantías del debido proceso y efectiva tutela judicial cuando la jueza Secaida de manera discrecional, sin expresar un argumento lógico, jurídico y válido resuelve otorgar arresto domiciliario a Gustavo Martínez Luna, César Medina Farfán y Filadelfo Reyes Cáceres, aún cuando los dos últimos sindicados no habían presentado ninguna solicitud para cambiar la medida de prisión preventiva.
- Ese día, previo a que se resolviera a favor de los tres imputados, la jueza había suspendido la audiencia de apertura a juicio contra todos los sindicados por este caso, argumentando que existía un amparo provisional de la Corte de Constitucionalidad (CC) a favor de la sindicada Karen Cancinos. Sin embargo, sí aceptó conocer la solicitud presentada por la defensa de Gustavo Martínez para que se le otorgaran medidas sustitutivas en lugar de la prisión preventiva.
- Se incurrió en un vicio de fondo y forma cuando la jueza Secaida interpretó de manera incorrecta el artículo 277 del Código Procesal Penal, que habla sobre el cambio de la medida de prisión preventiva en caso hubiesen variado las circunstancias que originaron la detención preventiva. En dicha audiencia la jueza manifestó que ya no existía peligro de fuga ni obstaculización a la verdad.
- Anteriormente la jueza les había negado la medida sustitutiva a los tres sindicados por existir los peligros mencionados. La CICIG considera que aún existe el riesgo de que los tres imputados puedan destruir, modificar, ocultar, suprimir o falsificar elementos de prueba. También pueden influir para que otros imputados, testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera desleal o evasiva.
Por los argumentos expuestos, la CICIG solicitó dejar sin efecto el arresto domiciliario de los tres sindicados y que regresen a prisión preventiva.
Antecedentes
En julio de 2015 los tres sindicados fueron ligados a proceso, junto con Karen Cancinos Muñoz, Edwin Rodas Solares, Carlos Muñoz y Lidia Roca Morales por existir los indicios de su participación en la red de tráfico de influencias.
Altos ejecutivos de transnacionales y funcionarios públicos contactaron a Cesar Medina Farfán, quien se concertó con Gustavo Martínez Luna y el ex jefe de la SAT, Carlos Muñoz. Ellos aprovechando los altos cargos que ocupaban en la administración pública influyeron en los empleados que tuvieron bajo su dirección y supervisión para beneficiar un interés particular, y a cambio obtener un beneficio.
Mientras que Filadelfo Reyes fue contactado por Medina Farfán por sus conocimientos en materia aduanera y haber ocupado el cargo de Intendente de Aduanas en la SAT, lo que le permitió comunicarse con dos de sus ex subordinados para que estos realizaran acciones ilícitas en el marco de sus competencias con el objetivo de beneficiar a los clientes de la red criminal.
Por este caso también se vincula al juez José Luis Patán Piché, quien recusó al juez pesquisidor designado para tramitar el antejuicio en su contra por el delito de cohecho pasivo, lo cual mantiene detenido su proceso.