AMPAROS CONTRA SALA TERCERA DE APELACIONES EN CASO DE JUEZA JISELA REINOSO

AMPAROS CONTRA SALA TERCERA DE APELACIONES EN CASO DE JUEZA JISELA REINOSO

COMUNICADO 010


La Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) presentó dos acciones de amparo contra resoluciones de la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Penal, en el caso de la jueza Jisela Yadel Reinoso Trujillo, sindicada de enriquecimiento ilícito, incumplimiento del deber de presentar declaración jurada patrimonial y lavado de dinero.

Las dos acciones legales fueron planteadas en la Cámara Penal de Amparos y Antejuicios de la Corte Suprema de Justicia, con los principales argumentos:

1) Contra las medidas a favor de la jueza que fueron otorgadas por el juez Segundo de Instancia Penal, Darwin Homero Porras Quezada:

 

“El 10 de diciembre del 2015, la defensa de la jueza Reinoso Trujillo solicitó la revisión de las medidas de coerción con el argumentando que habían variado las circunstancias primitivas, aportando como medio de prueba el documento de la Corte Suprema de Justicia que suspendía de labores a la jueza sin goce de salario, entre otros.

 

En dicha audiencia el Ministerio Público y la CICIG se opusieron señalando que no habían variado dichas circunstancias, porque aunque Reinoso Trujillo no estuviera ejerciendo funciones podría mantener relaciones y contactos que ayudarían a influir en testigos ya que aún tiene el cargo de jueza. Además una de las testigos en este caso señaló que era víctima de intimidaciones. Sin embargo el juez Darwin Porras otorgó las medidas sustitutivas a la jueza, las cuales fueron confirmadas el pasado 15 de enero de 2016 por la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Penal.

 

La CICIG considera que se violenta el principio de legalidad con relación a los tres delitos que se le sindica a Reinoso Trujillo. Asimismo dicha Sala y el juez Porras no tomaron en consideración el análisis de los medios de investigación presentados por el Ministerio Público y la CICIG; tampoco el juez analizó ni individualizó la situación jurídica de la sindicada en relación a la obstaculización de la averiguación a la verdad y el peligro de fuga.

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Existen indicios de que Reinoso Trujillo está obstaculizando la investigación porque en la declaración de testigos se ha evidenciado que ella ha realizado actos para ocultar el origen de los fondos con los cuales canceló los bienes adquiridos”.

2) Contra la continuidad del juez Darwin Homero Porras Quezada para seguir a cargo del proceso:

“El 25 de enero de 2016 se recusó al juez Porras Quezada por la violación al principio de la independencia judicial y al debido proceso, porque se comprobó que fue asistente y alumno de la jueza Reinoso Trujillo en varios cursos que impartió en la Universidad Rural, durante los años 2011 y 2012.

 

A sabiendas de dicha relación, el juez conoció el caso en el cual otorgó medidas sustitutivas a Reinoso Trujillo para que recobrara su libertad. Por esa razón se pidió a la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Penal que el juzgador fuera separado del proceso; sin embargó la Sala declaró sin lugar dicha petición, el 5 de febrero del 2016, pese a las evidencias que se aportaron en la recusación, por lo que el juez Porras deberá seguir a cargo del expediente.

 

La CICIG considera que se violó el principio de imparcialidad y el debido proceso porque un juez debe mantener su objetividad y no dejarse influir por intereses que lo lleven a tratar de beneficiar a una de las partes. Además los integrantes de la Sala no analizaron que cuando se da una relación entre catedrático y estudiante hay causas-consecuencias, y que al momento de cruzarse por alguna circunstancia se puede generar una situación no esperada.

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Por lo anterior, en las dos acciones de amparo la CICIG solicitó a la Cámara de Amparos y Antejuicios dejar sin efecto las dos resoluciones emitidas por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal”.

 

Antecedentes
La Corte Suprema de Justicia retiró en mayo del 2015 la inmunidad a la jueza por existir indicios de un incremento injustificado de su patrimonio, ya que cuenta con bienes que sobrepasan su poder adquisitivo y resultan incongruentes con sus ingresos que devenga como empleada pública y como docente.

Este expediente lo conoció inicialmente José Eduardo Cojulum, juez Undécimo de Instancia Penal, quien se excusó de continuar con el caso por existir amistad con el abogado defensor de Reinoso Trujillo. Por esa razón está a cargo del juez Darwin Porras Quezada.

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