Caso financiamiento electoral ilícito: Reparación integral cumplida

Caso financiamiento electoral ilícito: Reparación integral cumplida

 COMUNICADO 010 | Foto: Emisoras Unidas.


En el caso Financiamiento Electoral Ilícito FCN-Nación la jueza de Mayor Riesgo D, Ericka Aifán resolvió el proceso penal a partir de la constatación del cumplimiento en tiempo de la totalidad de las obligaciones impuestas en virtud del acuerdo de colaboración eficaz suscrito, el cual comprendía  diversas medidas de reparación integral.

Los hechos planteados por el Ministerio Público y la CICIG fueron corroborados por la justicia. Las 3 colaboraciones eficaces planteadas por Olga Méndez, Paulina Paiz y la empresa NOVASERVICIOS, habían firmado un convenio con detalles de la reparación integral que se comprometían a cumplir.

En virtud de lo anterior se aplicó el artículo 25 bis del Código Procesal Penal, constatándose el total cumplimiento de los compromisos  en el marco de la reparación integral, incluso antes de que se diera el vencimiento de los plazos previstos.

En este caso la reparación integral comprendió por parte de las colaboradoras:

  1. Olga Vitalia Méndez López:

A nivel interno

  • Se implementó y adoptó un Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se diseñó e implementó un “Código de Ética y Conducta Empresarial”.
  • Se diseñó e implementó un canal y estrategia de comunicación periódica y efectiva hacia todos los niveles de dirección y colaboración dentro de la empresa, con relación a la divulgación del Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se realizó una capacitación periódica a los funcionarios y colaboradores dentro de la empresa con relación al Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se evaluaron las medidas correctivas derivadas de la implementación del Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se divulgó dentro de la empresa de los resultados de la implementación del Programa de Cumplimiento Corporativo.
Lectura de interés:  INFORME EL FINANCIAMIENTO DE LA POLÍTICA EN GUATEMALA

A nivel externo

  • Se pagó en concepto de compensación o indemnización por los daños causados la suma de cuarenta y cinco mil dólares antes del 12 de setiembre de 2019.
  • Se realizó una presentación audiovisual y gráfica sobre la importancia de respetar la normativa en cuanto a financiamiento electoral para que sea utilizada por el Tribunal Supremo Electoral. Se cumplió con un cronograma de las capacitaciones a brindar y se imprimieron cinco mil brochures sobre la temática.
  1. Paulina Paiz Riera de Morales:

A nivel interno

  • Se implementó y adoptó un Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se diseñó e implementó un “Código de Ética y Conducta Empresarial”
  • Se diseñó e implementó un canal y estrategia de comunicación periódica y efectiva hacia todos los niveles de dirección y colaboración dentro de la empresa, con relación a la divulgación del Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se realizó una capacitación periódica a los funcionarios y colaboradores dentro de la empresa con relación al Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se evaluaron las medidas correctivas derivadas de la implementación del Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se divulgó dentro de la empresa de los resultados de la implementación del Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se pagó en concepto de compensación o indemnización por los daños causados a la sociedad la cantidad de dos millones trescientos setenta y tres mil cien quetzales antes del 30 de enero de 2019.

A nivel externo

  • Se pagó en concepto de compensación o indemnización por los daños causados la suma de cuarenta y cinco mil dólares antes del 12 de setiembre de 2019.
  • Se desarrollaron talleres de capacitación por módulos, dirigido a empresarios y/o personas individuales sobre financiamiento electoral en Guatemala de conformidad con la legislación vigente, coordinados con el Tribunal Supremo Electoral.
  1. NOVASERVICIOS:

A nivel interno

  • Se implementó y adoptó un Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se diseñó e implementó un “Código de Ética y Conducta Empresarial”.
  • Se diseñó e implementó un canal y estrategia de comunicación periódica y efectiva hacia todos los niveles de dirección y colaboración dentro de la empresa, con relación a la divulgación del Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se realizó una capacitación periódica a los funcionarios y colaboradores dentro de la empresa con relación al Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se evaluaron las medidas correctivas derivadas de la implementación del Programa de Cumplimiento Corporativo.
  • Se divulgó dentro de la empresa de los resultados de la implementación del Programa de Cumplimiento Corporativo.
Lectura de interés:  Financiamiento electoral ilícito caso FCN-NACIÓN (Fase 1)

A nivel externo

  • Se pagó en concepto de compensación o indemnización por los daños causados a la sociedad la cantidad de dos millones trescientos setenta y tres mil cien quetzales antes del 30 de enero de 2019.

La reparación digna e integral en derecho comprende los medidas de indemnización o compensación, restitución, rehabilitación, satisfacción y garantía de no repetición.

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