CC confirma prisión preventiva a exintegrantes de la Junta Directiva del IGSS

CC confirma prisión preventiva a exintegrantes de la Junta Directiva del IGSS

 COMUNICADO 034 | Foto: La Noticia.


La Corte de Constitucionalidad (CC) confirmó la prisión preventiva a cinco exintegrantes de la Junta Directiva del IGSS, vinculados en el caso IGSS PISA, luego de rechazar sus apelaciones para recobrar su libertad.

Los sindicados Julio Roberto Suárez Guerra, Max Erwin Quirin Schoder, Arturo Adolfo Castellanos Poou, Ramiro Armando Lorenzana Ortíz y Edgar René de la Peña Archila apelaron en la CC, la decisión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que confirmó el fallo de la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones, la cual resolvió que los sindicados debían seguir en prisión preventiva por existir el peligro de fuga y de obstaculización a la averiguación de la verdad.

Ellos fueron ligados a proceso y enviados a prisión preventiva por el Juzgado Sexto de Instancia Penal en la audiencia de primera declaración. Argumentaron en su apelación supuestas violaciones al derecho de defensa, debido proceso, presunción de inocencia y a la libertad, entre otros.

El fallo de la CC
A continuación se detallan los principales argumentos de la resolución de los magistrados de la CC, la cual fue notificada a la CICIG el día de ayer, 27 de abril.

“(…) Este Tribunal establece que no existe vulneración constitucional alguna a los derechos de los amparistas, ya que, contrario a lo afirmado por estos, la autoridad cuestionada, al emitir el acto reclamado, actuó en ejercicio de sus facultades legales estableciendo para cada uno de los procesados las razones por las que a su juicio no era viable el otorgamiento de una medida sustitutiva, debiendo mantener la medida de coerción de prisión preventiva, ello de conformidad con lo considerado por la Jueza (…) en la audiencia respectiva estableció la existencia de grave riesgo de que obstaculicen la averiguación de la verdad”.

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La CC estimó que los argumentos de la jueza Sexto de Instancia Penal eran suficientes para restringir la libertad de los sindicados con “el objeto de garantizar el resultado del proceso, pronunciamiento en el que realizó el análisis legal correspondiente, lo que le sirvió de fundamento para no otorgar las medidas sustitutivas que le habían sido solicitadas”.

En la resolución se señala que la Sala Tercera de Apelaciones “advirtió la existencia del peligro de obstaculización para la averiguación de la verdad, lo que conllevó a que confirmara la denegatoria de las medidas sustitutivas que fueron solicitadas por los ahora postulantes, de ahí la inexistencia de los agravios denunciados pues la autoridad objetada actuó en el ejercicio de sus funciones que le han sido conferidas por la ley y sin ocasionar las vulneraciones alegadas por los accionantes.

Por lo anterior se concluye que la autoridad denunciada actuó conforme a las facultades que le confieren los artículos 203 de la Constitución Política de la República y los artículos 404 y 409 del Código Procesal Penal, y contrario a lo afirmado por los postulantes, no existe infracción constitucional susceptible de ser reparada por esta vía, razón por la cual la acción intentada debe denegarse por su notoria improcedencia (…)”.

Por los argumentos expuestos, los magistrados de la CC declararon sin lugar los recursos de apelación interpuestos por los cinco ex integrantes de la Junta Directiva del IGSS.

Antecedentes
A los integrantes de la Junta Directiva se les sindica de aprobar y avalar el contrato irregular suscrito con la droguería PISA de Guatemala S.A. para proporcionar servicios de diálisis peritoneal. Julio Roberto Suárez Guerra y Max Erwin Quirin Schoder, son sindicados del delito de fraude; Arturo Adolfo Castellanos Poou, asociación ilícita; Ramiro Armando Lorenzana Ortíz, asociación ilícita y cohecho activo; y Edgar René de la Peña Archila, cohecho activo.

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Por este caso están ligados a proceso y prisión preventiva 17 sindicados, entre ellos los integrantes de la Junta de Licitación, señalados de autorizar en forma irregular que la Droguería Pisa continuara en el proceso de licitación pese a que la misma no cumplía con las especificaciones técnicas necesarias: recursos humanos, infraestructura básica y mobiliario.

Cronología de las resoluciones y acciones planteadas en este caso:

26 de mayo 2015: Juzgado Sexto de Instancia Penal resuelve enviar a prisión a los integrantes de la Junta Directiva y a otras 17 personas vinculadas con este caso.

31 de julio de 2015: Sala Tercera de Apelaciones rechaza las apelaciones de los cinco exintegrantes de la Junta Directiva del IGSS, y confirma fallo del Juzgado Sexto de Instancia Penal.

Entre agosto y septiembre de 2015: Los cinco exintegrantes de la Junta Directiva del IGSS, presentan amparo en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en contra del fallo de la Sala Tercera de Apelaciones.

06 de septiembre de 2016: La CSJ confirma la resolución de la Sala Tercera de Apelaciones.

En diciembre de 2016: Los cinco exintegrantes de la Junta Directiva del IGSS, apelan en la CC el fallo en su contra emitido por la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

25 de abril de 2017: Los magistrados de la CC confirman la prisión preventiva para los cinco exintegrantes de la Junta Directiva del IGSS.

27 de abril de 2017: Se notifica a la CICIG el fallo de la CC.

 

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